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Todo el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad es algo complejo y requiere de una determinada documentación para que acabe con éxito. En definitiva, que termine con la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, el perdón de las deudas.

La parte que tiene que ver con el expediente extrajudicial, que se tramita en una notaría o registro mercantil (según sea empresario no empresario) requiere de una serie de documentación para su admisión y correcta tramitación.

Por eso, para que no haya ningún tipo de problema, lo mejor es que busques a expertos en la tramitación de la ley de Segunda Oportunidad.

Como decimos, los documentos no vienen detalladlos en ningún sitio, sino que son los que el propio formulario del Ministerio de Justicia aprobó (aquí tienes el enlace). Pero lo que si es que algunos te puede llevar un tiempo conseguirlos, por eso es mejor que tengas una aproximación de todo lo necesario:

  • Certificado de Empadronamiento: esto es importante aportarlo a los efectos de acreditar la competencia del notario en la tramitación del expediente de Acuerdo Extrajudicial de Pagos.
  • Últimas 3 nóminas percibidas. (Si estás cobrando el Paro o algún tipo de Prestación de otra naturaleza, habrá que aportar la documentación administrativa que acredite tal extremo)
  • Certificado de cuentas de la que se es titular con indicación del saldo.
  • Si se tienen acciones, fondos o productos bancarios, certificado que lo acredite.
  • Si se es titular de bienes inmuebles, certificaciones donde conste dominio y cargas. Por otro lado las escrituras de compraventa o cargas que tenga (hipotecas, usufructo…).
  • Listado de acreedores con indicación del tipo de deuda, vencimiento, cuantía y una dirección electrónica para poder contactar.
  • Contratos en vigor con fechas de vencimiento, naturaleza…
  • Gastos mensuales previstos.

Lógicamente, esto es a nivel general. Luego cada caso es un mundo y requiere de analizar si es necesario acompañar otra documentación o no.

Como ves, requerirás de un tiempo para poder recopilar toda la información necesaria para poder iniciar los trámites para la Segunda Oportunidad.

Una vez hecho el expediente notarial, es necesario interponer la demanda (si no se ha nombrado mediador concursal) que, a su vez, requerirá la elaboración de otro tipo de documentación más técnica.


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